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Superintendente escolar

  • Director, Escuelas
Superintendente escolar

Función principal

Sirve como jefe ejecutivo del Distrito y da liderazgo a las Escuelas de Salem para que las necesidades educativas de la comunidad se traduzcan en programas educativos apropiados que sean planeados, implementados y evaluados.

Responsabilidades esenciales

Únicamente las del Superintendente

  1. Asiste a todas las reuniones del Consejo y puede asistir a las reuniones de todos los comités, excepto cuando se esté considerando su propia elección, permanencia, eficiencia o salario; tendrá derecho y, en el trabajo del Consejo o de su comité, ejercerá todos los poderes y desempeñará todos los deberes de los miembros del Consejo, excepto el de votar o firmar documentos.
  2. Asiste a la Junta en la formulación de políticas, planes y programas escolares; y mediante la preparación y presentación de hechos y explicaciones, asiste a la Junta en su deber de promulgar legislación para el funcionamiento de las escuelas.
  3. Establece las normas y reglamentos, y da las instrucciones a los empleados que sean necesarias para que éstos, y las medidas adicionales adoptadas por el Consejo Escolar, y los requisitos de la Ley Estatal sean plenamente eficaces en la gestión de las escuelas; y en todos los asuntos no cubiertos por estas normas y reglamentos, actúa a su propia discreción si es necesario, e informa de dicha acción al Consejo para su información.
  4. Tiene autoridad y ejerce la supervisión general de las políticas y la gestión de las escuelas individuales u otras unidades administrativas del programa de instrucción.
  5. Desempeña las demás funciones y ejerce las demás atribuciones que le sean requeridas o asignadas por la ley o por el Consejo Escolar.

Responsabilidades del Superintendente y del personal delegado

  1. Vela por el cumplimiento efectivo de todas las leyes constitucionales o estatutarias y de todos los reglamentos del Consejo de Educación de Oregón que rigen las escuelas, y por el cumplimiento de las normas y reglamentos del Consejo Escolar.
  2. Mantiene estudios continuos de los problemas a los que se enfrentan las escuelas, y mantiene informado al Consejo de los resultados de estos estudios, ofreciendo recomendaciones según proceda.
  3. En el marco de las políticas del Consejo, forma comités consultivos y consejos de miembros del personal, que pueden ayudar a formular planes y políticas para llevar a cabo los programas de las escuelas.
  4. Informa al Consejo, a su discreción o a petición de éste, de las políticas y planes administrativos mediante los cuales dirige la gestión de los asuntos sobre los que el Consejo ha otorgado amplios poderes discrecionales, incluidos, especialmente, los rasgos esenciales de la gestión de personal y el control de las políticas internas.
  5. Mantiene informado al Consejo sobre la forma en que se llevan a cabo sus políticas, sobre la eficacia de las mismas y sobre las condiciones y la eficiencia de las diferentes divisiones de servicio en el sistema escolar. Con este fin, mantiene un sistema de registros financieros, registros comerciales y de propiedad, y registros de personal y escolares; informa en cada reunión del Consejo de los asuntos pertinentes y presenta anualmente, o de vez en cuando, informes que abarcan diversas fases del trabajo del sistema escolar, incluidas recomendaciones que afectan a las necesidades del sistema.
  6. Es responsable del desarrollo y funcionamiento eficaz de los planes de estudio, cursos especiales y actividades necesarias para proporcionar un sistema completo y adecuado de instrucción y cuidado físico para todos los alumnos que asisten a las escuelas; y mantiene este programa en consonancia con las necesidades de la comunidad y con los mejores avances actuales en la educación.
  7. Ejerce supervisión general sobre todos los empleados del Distrito Escolar y nombra, asigna, altera la asignación, transfiere y recomienda para ascenso o despido a todos los empleados de la Junta, excepto a sí mismo. Suspende a cualquier empleado por causa justificada, e informa de dicha suspensión a la Junta en su siguiente reunión con recomendaciones para la adopción de nuevas medidas.
  8. Desarrolla, mantiene y ejecuta un programa adecuado de perfeccionamiento del personal a través de la formación en relación con el servicio en el sistema escolar y, para ello, bajo control presupuestario, emplea a conferenciantes, concede permisos temporales de trabajo y desarrolla instalaciones bibliotecarias profesionales según sea necesario.
  9. Recomienda al Consejo el establecimiento o la modificación de los límites de asistencia de todas las escuelas.
  10. Determina las necesidades de instalaciones de transporte y el establecimiento de rutas de transporte, y ejerce la supervisión general del sistema de transporte para que la seguridad y el bienestar de los niños puedan salvaguardarse adecuadamente.
  11. Dirige la elaboración del presupuesto anual para su presentación al Consejo Escolar y al Comité Presupuestario del Distrito.
  12. Dirige la administración del presupuesto adoptado por el Consejo Escolar; y actúa en todo momento de conformidad con los requisitos legales, las políticas, los calendarios, los procedimientos y las técnicas contables adoptados, y otros controles empresariales, financieros o administrativos establecidos por el Consejo.
  13. Investiga, o hace que se investigue con prontitud, e informa a la Junta de cualquier prueba que pueda llegar a su conocimiento de cualquier infracción de los derechos legales del Distrito, o en la que pueda estar implicada la responsabilidad legal del Distrito.
  14. Representa a las escuelas ante el público y mantiene, tanto dentro como fuera de las escuelas, un programa de publicidad y contactos públicos diseñado para mejorar la comprensión y la moral dentro de las escuelas, y mantiene al público informado de las actividades, éxitos y necesidades de las escuelas.
  15. Prepara comunicados de prensa y otros tipos de información pública para que los ciudadanos del Distrito puedan tener una visión justa e imparcial de los programas educativos y de servicios del Distrito.
  16. Prepara un orden del día para cada reunión ordinaria del Consejo y lo envía, junto con resúmenes de los datos de apoyo, a cada miembro del Consejo al menos dos días antes de cada reunión ordinaria.
  17. Coordina la recopilación de toda la información necesaria para evaluar adecuadamente las necesidades de la comunidad, planificar programas para satisfacer dichas necesidades, evaluar dichos programas y cumplir los requisitos legales de las normativas locales, estatales y federales en materia de notificación de datos demográficos, censales y fiscales.

Principales responsabilidades de planificación

Dirige las actividades de planificación de todo el Distrito.

Relaciones clave

  1. El Consejo Escolar: Informa a.
  2. Puestos de gabinete: Supervisa directamente estos puestos.
  3. Todo el personal del Distrito: Supervisa indirectamente estos puestos.
  4. Padres y público en general: Responde a las preguntas y quejas más delicadas.

Cualificaciones mínimas

  1. Máster o formación equivalente.
  2. Cinco años de experiencia ejecutiva que se traduzcan en una habilidad adquirida para dirigir, planificar, gestionar y evaluar un distrito escolar.
  3. Licencia estándar de superintendente de Oregón.

Condiciones de empleo

El Superintendente será contratado por un período determinado, con un salario que será determinado por el Consejo Escolar, y estará en servicio doce meses cada año con vacaciones según lo determinado por la política del Consejo.

  • 3.1.1

Salem Keizer El distrito escolar ofrece igualdad de oportunidades.